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LEY ORGANICA 15/1999
DE PROTECCION DE DATOS DE CARACTER PERSONAL
Establece la obligación de inscribir todos
los ficheros que contengan datos de carácter personal,
ya existentes o de nueva creación, en el Registro de
la Agencia de Protección de Datos bajo sanción
de hasta 600.000 €
LEY 34/2002 OBLIGACION
DE COMUNICAR AL REGISTRO MERCANTIL LOS DOMINIOS
Los prestadores de servicios de la sociedad de
la información establecidos en España deberán
comunicar al Registro Mercantil al menos 1 dominio o URL bajo
sanción de hasta 30.000 €