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En este web site podrá comprobar si su dominio esta registrado y además comprobar si el registro ha sido efectuado de MALA FE
CON EL ASESORAMIENTO JURIDICO DE ESCUDERO & SASTRE ABOGADOS
COMPRUEBE SI EL DOMINIO DE SU EMPRESA O MARCA ESTA LIBRE, O HA SIDO REGISTRADO CON MALA FE.
REGISTRE SU NOMBRE DE DOMINIO, .COM, .NET, .ORG, .ES, .INFO, .BIZ, .TV, .NAME, .CC

 

 
 
LEY ORGANICA 34/2002 OBLIGACION DE COMUNICAR
AL REGISTRO MERCANTIL LOS DOMINIOS

De acuerdo con la nueva Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, le recordamos que los prestadores de servicios de la sociedad de la información establecidos en España deberán comunicar, al Registro Mercantil en el que se encuentren inscritos, al menos, un nombre de dominio o dirección de Internet que utilicen para su identificación en la propia Internet, así como todo acto de sustitución o cancelación de los mismos que a posteriori pudiera darse.

El concepto de servicio de la sociedad de la información comprende los servicios remunerados y no remunerados por los destinatarios, en la medida en que constituyan una actividad económica para el prestador de servicios. Son servicios de la Sociedad de la información entre otros:

La contratación de bienes o servicios por vía electrónica.
La organización y gestión de subastas por medios electrónicos o de mercados y centros comerciales virtuales.
La gestión de compras en la red por grupos de personas.
El envío de comunicaciones comerciales.
El suministro de información por vía telemática.

Por tanto, prácticamente todas las sociedades que cuentan con una página web entran dentro del ámbito de aplicación de la norma, y, además, otras sociedades que carecen de ellas también deben cumplimentar sus requisitos.

En caso de no realizar la comunicación en el plazo previsto en la Ley 34/2002, el cual expira el 31 de Octubre, la Ley prevé una sanción que puede ascender a la cantidad de 30.000 EUROS.

Nos ponemos a su disposición para la gestión y tramitación de la comunicación para lo cual les rogamos se pongan en contacto con nuestro despacho. Los costes derivados de esta gestión son los siguientes:

Legitimación de la firma ante Notario: 6,31 € + I.V.A. (deberá realizarse la retención correspondiente en caso de que el dominio esté registrado a nombre de la sociedad).
Tasa de Registro: 30 €
Honorarios de gestión: 30 €
 

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